jueves, 21 de marzo de 2013

Trabajo del paro

  • Concepto.
    Es la situación de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo, al menos en una tercera parte, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.

    Beneficiarios.Todos los trabajadores por cuenta ajena, tanto los retribuidos a salario, como los retribuidos "a la parte", que tengan previsto cotizar por la contingencia de Desempleo.

  • 14 meses de prestación por año trabajado.
    Los meses durante los cuales puedes cobrar el paro están directamente relacionados con el tiempo que lleves trabajando en tu empresa. En la foto de este paso encontrarás una relación entre tiempo trabajo y tiempo de prestación por desempleo.
    Por norma general, por cada año que lleves trabajado en una empresa te corresponderían 4 meses de prestación. A partir de ahí, por cada medio año trabajado te corresponderían 2 meses adicionales.
  • 2Máximo de 2 años.
    La Ley impone un máximo de dos años para cobrar la prestación por desempleo, con independencia del tiempo que se lleve trabajado.
  • 3Ayudas adicionales.
    Una vez se ha agotado la prestación por desempleo, se puede optar a recibir ayudas adicionales. Éstas no son fijas, y para poder beneficiarse de ellas hay que cumplir una serie de requisitos. El programa PRODI, que caducó en febrero de 2011, ofrecía una ayuda extraordinaria para desempleados.

jueves, 7 de marzo de 2013

Trabajo Cadena De Favores

1. Escena: Regalo de un coche muy caro. ¿Qué harías tú?
Aceptaría el coche sin mas

2. Escena: Primera clase del profesor, 4 meses antes.¿Qué preguntas plantea el profesor?
que como podran los niños cambiar el mundo

¿Qué trabajo propone para todo el año?
como se puede cambiar el mundo

¿Es un trabajo normal, raro, utópico, posible?
raro e imposible porque es practicamente cambiar el mundo tal y como esta

3. Escena: Primeros intentos de Trevor.¿Dónde va con la bicicleta? ¿Para qué?
¿Qué decide?
a un vertedero
para recoger un yonki
llevarlo a su casa y darle dinero para que cambie su vida

4. Escena: La madre camarera en casa con el drogadicto.¿Por qué la madre realiza este trabajo?
por que no tiene dinero suficiente para mantener a su hijo

¿Por qué es alcohólica?
porque tiene muchos problemas y para evadirse bebe
¿Por qué se enfada con Trevor?
por que se creia que el yonki era un violador
¿Quién cuida de quién? ¿Por qué?
trebor de la madre,porque se preocupa por ella no quiere que beba y quiere que cambie para bien
5. Escena: La madre con el profesor.La madre culpa al profesor, ¿por qué?
la madre culpa al profesor por que se crei que el tenia la culpa de que su hijo llevase un yonki a casa

6. Escena del millonario en la clínica:¿Qué significa?
que hay un hombre en un hospital por que su hija esta mala con el asma y se va a morir.

7. Escena: La segunda clase, el dibujo de la escena.¿Qué propone Trevor?
una cadena de favores

¿Qué piensan los alumnos?
algunos que es una buena idea otros que es una locura
8. Escena: Trevor y los drogadictos.¿Por qué Trevor tacha al nombre del drogadicto sobre la cadena?
por que le fallo y volvio a las drogas con el dinero que el le dio
9. Escena: La visita del profesor a su casa y la fuga de Trevor.¿Por qué intenta que su madre y el profesor se hagan amigos?
por que el queria tener el padre que nunca tuvo y que su madre cambiara de aires
¿Por qué Trevor ama y odia al mismo tiempo a su madre?
por que ella lo hace todo por el.por que no quiere que caiga en el alcohol

Reconocer un problema es iniciar su solución ¿por qué?
si.porquee sabes que has fallado en algo y quieres cambiarlo  
10. Escena: El desengaño de Trevor.¿Por qué va tachando círculos de la cadena?
porque la gente que el tiene en la lista o le han fallado o el a fallado a algunos como a su amigo al que no defiende
¿Qué respuesta le da el profesor ante su posible fracaso?
que siga para alante
11. Escena final.¿Se merecía el padre de Trevor la última oportunidad? ¿Por qué?
no por que a abandonado a una familia y ademas le pega a la madre y a trevor
¿Por qué se unen al final el profesor y la madre?
por que el profesor le cuenta su historia de cuando era niño y se conmueve
¿Cuántas personas se ven afectadas en toda la película por la cadena de favores de Trevor?
el negro de la cárcel el periodista el hombre que le regala el coche al periodista trevor la madre la abuela el profesor y el amigo de trevor
12. Moraleja.¿Es viable hoy en nuestra sociedad? Razona y argumenta tu respuesta.
no es viable por que poca gente te va a devolver el favor
13. A continuación visiona el vídeo en el que realizan la entrevista a Trevor, hazlo con atención y comenta que sientes y que opinión tienes sobre la reflexión que lleva a cabo.
que es un chaval honesto y que busca la igualdad entre todas las personas

miércoles, 6 de marzo de 2013

Trabajo Excursion(museo de coria)


Blas Infante Pérez de Vargas

  Nació en la calle de la Carrera Nº 46 en Casares, un  municipio de la provincia de Málaga (España). El 5 de Julio de 1.885.,  fue un político español, considerado oficialmente como el "Padre de la Patria andaluza" , por ser el máximo ideólogo del andalucismo federalista o regionalismo andaluz.
Su padre, Luís Infante Andrade, era Licenciado en Derecho, y ejerció de Secretario en el Juzgado de Casares. Su madre Gínesa Pérez de Varga y Romo, que pertenecía a una familia de labradores de clase media.
Sus estudios primarios los realiza en la escuela de Casares
Entre 1895 y 1897 realiza los estudios de bachillerato interno en el Colegio de las Escuelas Pías de Archidona (hoy día Instituto Luís Barahona de Soto), examinándose por libre, a su vez, en el Instituto Aguilar y Eslava de Cabra
En el 1898 estudia junto a su hermano Ignacio en el Colegio San Rafael de Málaga que estaba en la calle Comedia.
En 1.899: Estudia el último curso del Bachillerato por libre, sin asistir a ningún instituto, por la mala situación económica de su familia
Desde el 1901 comparte el trabajo como escribiente de su padre en la Secretaria del Juzgado de Casares con los estudios.
  En 1902 se examina para la obtención del Grado de Bachiller en el Instituto Vicente Espinel de Málaga
 En 1904 se matricula como alumno libre en la Faculta de derecho de Granada.
En Julio de 1905 se marcha a la Universidad de Granada para terminar los estudios Derecho
En el 1906 se Licencia en Derecho y cursa también estudio de Filosofía y Letras
En 1907 regresa a Casares.
En 1909 aprueba las oposiciones de notario y tiene que esperar un año hasta cumplir los 25 años para poder ejercer de notario.
En 1910 se va de notario a Cantillana (Sevilla), donde toma contacto con el ambiente intelectual sevillano, con las ideas políticas regionalistas y con los miembros del ateneo sevillano, donde escucha los discursos nacionalistas pronunciado por Mario Méndez Bejarano.
En 1913 en el Congreso Georgïsta de Ronda (Málaga) expone sus ideas políticas y socioeconómica de Andalucía. Y nace la revista "Bética".
En 1914 hace una ponencia sobre ideal andaluz en el Ateneo de Sevilla.
En 1.915 publica su libro "Ideal andaluz, donde expone su punto de vista sobre los problemas andaluces, su historia y su propuestas.
En 1916 Funda y preside el Centro Andaluz de Sevilla, donde se publica la revista "Andalucía".
En Enero de1918 propone recuperar la vieja bandera andalusí, verde y blanca, y crea el escudo andaluz inspirándose en un escudo con Hércules de la Ciudad Cádiz en la primera asamblea regionalista andaluza celebrada en Ronda. Donde también se establecen las bases políticas a seguir inspirada en la Constitución Cantonal de Antequera de 1883. En este año se presenta por el destrito de Gaucín a las elecciones, pero se retira al no ver ninguna posibilidad de ganar.
El 1 de Enero de 1.919 firma el Manifiesto andalucista de Córdoba junto con miembros de varios Centros Andaluces, que define el estado federal español y el concepto de Andalucía como nacionalidad histórica. El 19 de Febrero de este año se casa con Angustias García Parías en  Peñaflor (Sevilla), pueblo natal de ella, con la que tendrá cuatro hijos.
En Junio de 1919 vuelve a presentarse por Gaucín así como por Sevilla, dentro de una candidatura llamada "Candidatura Demócrata Andaluza". Pero ganó el candidato apoyado por el sistema caciquil que obtuvo 5.077 votos, Blas Infante consiguió 1.928 votos, y el tercer candidato sólo 52.
En 1920 publica Montamid, último Rey de Sevilla y funda la editorial Avante
En 1921 publica La dictadura pedagógica y cuentos de animales.
En 1.922 se traslada a ejerce de notario a Isla Cristina Huelva. Y con la llegada de la dictadura los centros Andaluces son cerrados y prohibida la celebración de actos.
En 1923 por la muerte de su padre.
En 1924 viajó a Marruecos donde visitó la tumba de Motamid (el último rey de Sevilla) en Agmat y conoció a sus descendientes.
En 1.928  viaja a Galicia donde tuvo una muy buena acogida por los ideologistas Gallegos.
En 1931 regresa a Sevilla y se construye una casa (La Casa de Alegría o "Dar-All-Farah) en Coria del Río inspirada en el estilo de arquitectura de Al-Andalus, encargándose él personalmente de realizar la decoración. En este año publica el libroLa verdad sobre el complot de Tablada y el Estado libre de Andalucía. Y es nombrado jurista de la comisión del Gobierno para la reforma Agraria.
En 1933 compone la letra del Himno de Andalucía, adaptándola  de las antiguas melodías de canciones religiosa que entonaban los jornaleros andaluces al finalizar su jornada de  trabajo. En este año se aprueban las bases del anteproyecto del estatuto de Andalucía en Córdoba.
En noviembre de 1933 se vuelve a presentar a la elecciones con la coalición Izquierda Republicana Andaluza, pero esta vez por Málaga, donde volvió a fracasar al ser una de las listas que menos votos le dieron.
En 1934 visita al presidente de la Generalidad de Cataluña, Lluis Companys, preso junto a otros miembros de su gobierno en el penal del Puerto de Santa María.
El 5 de Julio de 1936 en la Asamblea de Sevilla es elegido Presidente de Honor de la futura Junta Regional de Andalucía, que esperaba someterla a un referéndum en septiembre, pero el 18 de julio una rebelión militar contra el gobierno de la república lo impide.
El 7 de Julio se estrena el Himno de Andalucía.
El  2 de Agosto de 1936 fue detenido por  el sargento Crespo, de Falange y otros, en su casa de Coria del Río y lo llevaron a Sevilla para ser encerrado en el antiguo cine Jáuregui.
El 11 de agosto Infante es fusilado de madrugada en el kilómetro 4 de la carretera de Sevilla a Carmona, junto a la antigua Huerta de las Clarisas sin juicio ni sentencia junto con otros dos detenidos.
En el 1940 el Tribunal de Responsabilidades Políticas creado después de la guerra le condena a muerte y a una multa económica a sus descendientes por haberse significado como propagandista para la constitución de un partido andalucista o regionalista andaluz..
El 13 de Abril 1983 el Parlamento de Andalucía aprueba por unanimidad el Preámbulo del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que reconoce a Blas Infante "como Padre de la Patria Andaluza e ilustre precursor de la lucha por la consecución del Estatuto de Autonomía para Andalucía".
En el 2001 la Fundación Centro de Estudios Andaluces de la Junta de Andalucía, adquirió la casa de Blas Infante en Coria del Río para convertirla en casa-museo como patrimonio histórico y cultural andaluz. Y es homenajeado todos los años en la conmemoración del Día de Andalucía los días 28 de Febrero.




que es la autonomia andaluza

Los orígenes históricos de la autonomía andaluza se remontan al alzamiento revolucionario de Topete en Cádiz, en el siglo XIX, con el que se reivindicaba mayor democracia y descentralización. Ya en el siglo XX destaca la figura de Blas Infante, “padre de la patria andaluza” quien, junto con miembros de varios Centros Andaluces, firma en 1919 el Manifiesto andalucista de Córdoba que describía a Andalucía como realidad nacional. Pensador, político, escritor, historiador y musicólogo, Infante es el encargado de recuperar la vieja bandera andalusí blanca y verde, diseñar el escudo de Andalucía y componer la letra del himno andaluz antes de morir fusilado en 1936.

Museo de la Autonomía de Andalucía

El Museo de la Autonomía de Andalucía nace con vocación de institución permanente para la educación, difusión, conservación e investigación de la historia reciente de Andalucía. Es el museo de la ciudadanía andaluza y aspira a ser un referente educativo y centro que impulse la investigación sobre la memoria de nuestra comunidad autónoma.
El Centro de Estudios Andaluces, fundación adscrita a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, es la encargada de gestionar el centro, que nace como referente para el conocimiento del patrimonio y la historia común de los andaluces para las generaciones actuales y futuras. El proyecto del Museo de la Autonomía de Andalucía surge con objeto de realzar los valores democráticos y los hechos que, en el último periodo de nuestra historia, han generado acontecimientos sociales y políticos de gran repercusión a la hora de conformar la Andalucía de hoy.
El Museo de la Autonomía de Andalucía es un contenedor pedagógico cuyo objetivo primordial es mantener viva la Memoria y mostrar, a través de ella, la historia más reciente de nuestra comunidad autónoma.
Cuenta con una sala de exposición permanente sobre la Historia de la Autonomía de Andalucía (360 m2), sala de exposiciones temporales, salón audiovisual y de actos, mediateca, etc.

  • Horario del museo:
  • Martes a viernes: de 10.00h. a 14.00h. y de 17.00h. a 20.00h.
  • Sábados, domingos y festivos: de 10.00h a 14.00h.
  • Tipo de visita:Otro tipo de museo











                                    
                                                              Trabajo Realizado Por Pablo Martin Garcia

martes, 5 de marzo de 2013

Reforma laboral

Si el empresario no está de acuerdo con el horario o los períodos elegidos por el trabajador para la reducción de jornada, habrá que acudir al procedimiento urgente establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011 de Jurisdicción Social.


¿SON CAUSA DE DESPIDO LAS BAJAS SUCESIVAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL?


Ya la reforma laboral de 2010 estableció como causa objetiva de la extinción del contrato las faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcanzaran el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, aunque se establecía un requisito: que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo superara el 2,5% en los mismos períodos de tiempo (anteriormente este límite era del 5%).


Sin embargo, el Real Decreto-Ley 3/2012 ha dado una nueva vuelta de tuerca en el tema del absentismo, tanto es así, que según la nueva redacción del artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores se permite a las empresas extinguir la relación laboral por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, sin referencia alguna al absentismo total de la plantilla.


Lo que se mantiene igual son las situaciones que no se consideran faltas de asistencia, esto es:


a) Las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma.


b) El ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores.


c) Los accidentes de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia y paternidad.


d) Licencias y vacaciones.


e) Enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos.


f) Las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud.


En teoría, y poniendo un ejemplo muy extremo, un trabajador con jornada de lunes a viernes, realizaría en dos meses unas 44 jornadas aproximadamente, lo que supondría que dos ausencias al trabajo (debe tratarse de ausencias intermitentes) causadas por sendas bajas por incapacidad temporal por contingencias comunes (por ejemplo, una gripe y una lumbalgia) que sumaran 9 días laborables (equivalente al 20% de las jornadas hábiles), podrían convertirse en causa de despido.


Este despido objetivo por faltas de asistencia tendría una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.



Con la reforma laboral ¿podrán las ETT convertirse en agencias privadas de colocación?


Con el nuevo Real Decreto-Ley 3/2012, las empresas de trabajo temporal podrán actuar también como Agencias de colocación, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21 bis de la Ley de Empleo:


- Obtener una autorización administrativa única y válida para todo el territorio español.


- Autorización concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal en el supuesto de que la Agencia pretenda realizar su actividad en diferentes Comunidades Autónomas, o por el equivalente de la Comunidad Autónoma en el que caso de que la Agencia pretenda actuar sólo en ese ámbito territorial. Es interesante conocer que en la concesión de la licencia, en su caso, regirá el silencio positivo.


A partir de la reforma laboral 2012 las ETT podrán seguir cediendo a empresas usuarias trabajadores por ellas contratados, tal y como venían haciendo hasta ahora, y actuar como agencias de colocación, ajustándose en este último aspecto a la normativa reguladora de esta materia y en todo caso garantizando a los trabajadores la gratuidad de los servicios prestados.


¿Qué grado de protagonismo alcanzarán los convenios colectivos de empresa?


La nueva reforma laboral, Real Decreto-ley 3/2012, ha dado un giro de 180º a las reglas de la negociación colectiva, dando prioridad al convenio colectivo de empresa o de grupo de empresa frente al sectorial (nuevo artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores). Las materias más importantes tratadas en los convenios colectivos son ahora de prioridad aplicativa en el convenio de empresa frente a los de ámbito superior y son:


El salario y los complementos salariales 


El abono o compensación de las horas extras y la retribución de trabajos a turnos. 


El horario, distribución del tiempo de trabajo, turnos y vacaciones 


Adaptación de la clasificación profesional 


Medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal. 


Por tanto, ya no tienen prioridad aplicativa los convenios sectoriales o los acuerdos marco nacionales, autonómicos o provinciales sobre el convenio de empresa.

¿Es cierto que el Real Decreto-Ley 3/2012 ha eliminado los salarios de tramitación?


Los salarios de tramitación se mantienen, puesto que sigue existiendo la obligación empresarial de abonarlos, pero sólo en los supuestos de readmisión del trabajador, bien por así haber optado el empresario ante un despido declarado improcedente, bien como consecuencia de la calificación de nulidad del mismo.


El Gobierno justifica la desaparición de los salarios de tramitación en los despidos improcedentes en los que el empresario opte por la indemnización, en que el tiempo de duración del proceso judicial no parece un criterio adecuado para compensar el perjuicio que supone la pérdida del empleo, pudiendo, además, el trabajador acceder a la prestación de desempleo desde el mismo momento en que tiene efectividad la decisión extintiva. Además, los salarios de tramitación pueden actuar en ocasiones como un incentivo para estrategias procesales dilatorias.


Así, la nueva redacción del artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores dispone que "En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación."


Hay que señalar que si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción entre indemnización o readmisión corresponderá siempre a éste, y tanto si opta por una como por otra, tendrá derecho a los salarios de tramitación.

¿CUÁNTO SE HA ABARATADO EL DESPIDO CON LA REFORMA LABORAL?


El objetivo de la reforma aprobada por el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, busca lograr una mayor eficacia del mercado de trabajo, de manera que se fomente la contratación indefinida y, por tanto, se evite la dualidad laboral. En este sentido son varias las medidas que se han adoptado, algunas de las cuáles hacen referencia a la extinción de los contratos de trabajo.


Concretamente, se han clarificado las causas del despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) para evitar la excesiva judicialización y se ha eliminado la autorización administrativa previa en los expedientes de regulación de empleo. La indemnización por la extinción del contrato indefinido seguirá siendo de veinte días por año trabajado en caso de despido procedente por causas objetivas, con un máximo de doce mensualidades.


También se va a permitir que los organismos y entidades que forman parte del sector público invoquen causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.


Además, se generaliza la indemnización por la extinción del contrato indefinido a 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente, con un máximo de 24 mensualidades. Aunque, hay que hacer algunas matizaciones, tal y como se señala en la Disposición Transitoria quinta del Real Decreto-Ley:


No se aplicará con efectos retroactivos, es decir, se respetarán los derechos adquiridos de los trabajadores: para los contratos antiguos, la nueva indemnización sólo será de aplicación para el periodo de trabajo que se realice a partir de la aprobación de la presente norma. Estos contratos conservan el derecho a obtener una indemnización de hasta 42 mensualidades. 


Esta nueva indemnización se aplica con carácter general sólo a los nuevos contratos. 


El Fondo de Garantía Salarial sólo cubrirá la extinción de los contratos por despidos procedentes en Pymes.


Por último, las empresas que despidan a más de 50 trabajadores tienen obligación de articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo de, al menos, seis meses.

Estas que os dejo son algunas de los regalitos que nos ha dejado el gobierno del PP.

A la vista queda aqui solo manda el empresario , el pone sus convenios por encima de los colectivos y los sindicatos ya nos diran para que quedan.

Haber que opina mas de alguno ahora que los sindicatos no sirven para nada de nada cuando sientan el yugo del empresario en sus carnes.

Antes buenos o malos los sindicatos mediaban y los empresarios no se pasaban de la raya mas de lo permitido ahora , las jaulas de las fieras se han abierto.